Demoras en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA

La Corte Suprema admitió queja por retardo de justicia

En la causa que investiga el encubrimiento del atentado a la AMIA, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a una queja por retardo de justicia presentada por la querella que integran familiares de Memoria Activa.

El fallo ordenó a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que: «Se imprima a la causa el trámite que prevé el Código Procesal Penal de la Nación y se dicte sentencia a la brevedad, la que deberá se inmediatamente comunicada a esta Corte».

Tras la orden de la Corte, Rodrigo Borda, abogado de familiares que integran Memoria Activa, afirmó que la medida “es muy importante, porque acelera los tiempos del trámite demorado en la Casación”. La declaración del letrado se refiere al recurrido fallo del juez Gabriel Cavallo, quien en 1997 sobreseyó al ex juez Juan José Galeano y otros acusados de encubrimiento en la causa por el atentado de 1994 contra la AMIA, entre ellos, Rubén Beraja.

La resolución de la Corte señaló en sus considerandos que «la Cámara de Casación Penal estaría incurriendo en retardo de justicia al no haber resuelto aún» sobre al recurso ingresado a esa instancia en el año 2007.

Asimismo, Borda dijo que la resolución de la Corte «es también un mensaje respecto del trámite que deberá imprimirse en el juicio» contra el ex juez Galeano y otros acusados en la causa por encubrimiento a cargo del Tribunal Oral Federal 2.

En esta causa, elevada a juicio en 2011, están imputados Galeano, Hugo Anzorreguy, Rubén Beraja, Carlos Telleldín y otros por el armado de pistas falsas, la realización de detenciones ilegales y el pago de 400 mil dólares al mismo Telleldín para desviar la investigación del atentado a la AMIA.
La Corte reiteró, en su resolución, que «la garantía constitucional de defensa en juicio incluye el derecho a obtener un pronunciamiento rápido dentro de un plazo razonable», un plazo que, en este caso, «no ha sido debidamente observado» por la Cámara de Casación Penal.

Fuente: Télam