Grondona recuerda el accionar de la AFA durante su gestión, período en el cual, afirma “tuve oportunidad de contribuir en el orden nacional e internacional a generar actividades tendientes a erradicar todo tipo de discriminación… en la República Argentina… se llevó a cabo la Primera Conferencia FIFA contra el racismo en el fútbol y la forma del “Convenio de Cooperación contra la discriminación, la xenofobia y el racismo” suscripto con el INADI…”
“Es mi deseo que la actividad desplegada en la cual elegí como colaboradores a los mejores sin importar raza, religión o sexo, no se vea empañada por un momento en el cual, si alguna persona o institución se sintió ofendida, no resultó de ninguna manera mi intención el producir agravio a la comunidad por usted representada” finaliza la misiva.
Por las informaciones remitidas desde el Departamento de Prensa de la DAIA, el ejecutivo de la institución debate esta tarde, viernes 11 de julio, si se queda con las disculpas vertidas por Grondona en su carta del pasado 8 de julio, o acciona judicialmente como lo hiciera el abogado Ricardo Monner Sans, recurriendo a la Ley Antidiscriminatoria. Por ahora, la única acción pública encarada por la DAIA fue la de transmitir, por su circuito habitual de prensa, las declaraciones mediáticas realizadas por su Vicepresidente Segundo, Jorge Kirszenbaum.
Monner Sans: “nadie es dueño del perdón”
Mientas esto sucede en el seno de la comunidad judeo argentina, el abogado -no judío- Ricardo Monner Sans entendió que la disculpa de Grondona es insuficiente e inició una acción penal contra el titular de la AFA.
En el punto 4 de su presentación judicial, Monner Sans manifiesta lo siguiente:
“Queda claro que si fuera cierto que la DAIA hubiere pedido rectificaciones, ello no quitaría la obligación de investigar y de sancionar porque el delito bajo examen debe iniciarse y proseguirse “de oficio”: art. 71 del Código Penal, norma que tiene por base el principio constitucional de legalidad “no transable”.
“Si es verdad que la DAIA hubiera repetido aquello de 1997 (Rubén Beraja-Carlos Corach-Carlos Saúl Menem) y se hubiera sentido satisfecha por un pedido de disculpas en lugar de promover la acción penal, la tristeza ciudadana nos habría nuevamente invadido: no tengo ascendencia judía y entiendo que TODO ACTO O CONDUCTA DISCRIMINATORIA no están sujetos al sentido de oportunidad o de destinatario. Nadie, en este delito, es “dueño del perdón”. Máxime, en los tiempos que vivimos cuando desde el Imperio -y bajo la doctrina de la autodefinición de dónde está el bien y dónde está el mal– se reciclan conductas donde la discriminación va seguida de metralla”.
“Desatender este tipo de hechos, afirma Monner Sans, -se trate de judíos, de bolivianos, de palestinos, de iraquíes, de paraguayos, de afganos- es ‘complicarse por omisión’. Y yo -finaliza la presentación- no quiero complicarme en este feroz retroceso democrático que en el mundo se padece.