La Justicia se puso la venda:

Anularon las leyes de ‘Punto Final’ y ‘Obediencia Debida’

La Corte Suprema de Justicia argentina anuló, casi dos décadas después de su aprobación, las 'leyes del perdón', que impedían el procesamiento de quienes ejercieron la represión en la dictadura militar entre 1976 y 1983. El pasado martes 14 de junio, el máximo tribunal argentino resolvió la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y de Punto final. El fallo reabre la posibilidad de juzgar a quienes pergeñaron u operaron la página más dolorosa de la historia argentina.

Con el voto favorable de siete de sus nueve integrantes, la Corte Suprema de Justicia argentina declaró la inconstitucionalidad de las leyes de ‘Punto Final’ y ‘Obediencia Debida’, reclamada por dos décadas en honor a la búsqueda de la verdadera pacificación social que sólo puede construirse sobre los máximos pilares de justicia social.
Sólo Carlos Fayt fue el único juez de la Corte que votó en contra de la resolución, y Augusto Belluscio se abstuvo.
Las leyes, dictadas en la década del ´80, libraron de responsabilidad a más de un millar de militares y policías implicados en delitos de lesa humanidad y violaciones a los Derechos Humanos cometidos durante la dictadura.
La resolución de la Corte reabre la posibilidad de enjuiciar entre 500 y 1.000 represores, de los cuales muy pocos continúan en actividad. La mayoría de los jefes de la última dictadura están en prisión por el robo de bebés y cambio de identidad de hijos de desaparecidos, un delito que había sido expresamente excluido de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.

La historia

El Parlamento aprobó las leyes de Punto Final y Obediencia Debida en 1986 y 1987, mientras el Gobierno de Raúl Alfonsín era presionado por rebeliones militares motivadas por las citaciones judiciales a miembros de las Fuerzas Armadas
Luego de más de tres años de análisis, la Corte dictó su fallo sobre el caso de la desaparición del matrimonio entre el chileno José Poblete y la argentina Gertrudis Hlaczik, quienes fueron secuestrados en 1978 junto con la hija de ambos, de apenas ocho meses, la decisión tomada sobre este caso sienta precedente para que puedan ser procesados otros implicados en la represión desatada por la dictadura
El primer juez argentino que objetó la validez de las llamadas ‘leyes del perdón’ fue Gabriel Cavallo, que en 2001 ya las había declarado inconstitucionales. Luego, otros magistrados emitieron fallos similares que fueron respaldados por tribunales de segunda instancia, y en 2003 el Parlamento declaró la nulidad del Punto Final y la Obediencia Debida.
En base a esa decisión, en noviembre del mismo año la Cámara Federal de Buenos Aires ordenó la reapertura de las principales causas por delitos de lesa humanidad perpetrados entre 1976 y 1983, la ley de Punto Final ponía límite temporal al procesamiento de acusados de crímenes durante la dictadura, lo que dejó fuera del proceso a miles de policías y militares, mientras que la ley de Obediencia Debida, a su vez, consagró la teoría de que los oficiales de rango inferior y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de seguridad actuaron en la represión ilegal forzados por los mandos superiores.
Los ex comandantes que lideraron el plan de represión y exterminio contra opositores políticos fueron juzgados y condenados a prisión perpetua en 1985, tanto los miembros de las Juntas Militares, como también los líderes guerrilleros que actuaron en la década de los años 70, se beneficiaron posteriormente de indultos decretados en 1989 y 1990 por el entonces presidente Carlos Menem.
Muchos de ellos volvieron a las cárceles o fueron puestos bajo arresto domiciliario por su participación en el secuestro de hijos de desaparecidos, bajo esta condición se encuentran, entre otros, el ex dictador Jorge Videla y el ex marino Alfredo Astiz.

Testimonios

Varias son las figurass públicas que ya opinaron sobre este vuelco histórico:
El Presidente Néstor Kirchner afirmó que el fallo marca el fin de la impunidad y «devuelve la fe en la justicia».
«Hemos convivido con ladrones y asesinos que en realidad tendrían que haber estado condenados», dijo Estela Carlotto, Presidenta de las Abuelas de Plaza de Mayo.
El ex Presidente Raúl Alfonsín, afirmó que éstas leyes (ahora derogadas por haber sido declaradas inconstitucionales) fueron «válidas e indispensables» como herramientas de protección de los Derechos Humanos «para el futuro».
El ministro Pampuro (Defensa) afirmó que podrían ser citados -por la justicia- «entre 500 y 1.000» efectivos militares. El ministro reconoció que «hay inquietud en algunos hombres, pero no en todas las Fuerzas Armadas».
El jefe del Ejército, el general Bendini, trató de restarle dramatismo al fallo. «Ahora», dijo, «se va a juzgar y a condenar, o no, a los responsables», un paso «necesario» para iniciar el reencuentro «tan ansiado por todos los argentinos».

Nota:
Para leer el fallo de la CSJ íntegro:
http://www.argenpress.info/docs/Argentina/FallosSCJNLeyesImpunidad.doc